Sección de Derecho de la Integración

Última actualización: 08/09/2024

SECCIÓN DE DERECHO DE LA INTEGRACIÓN

La proyección externa del MERCOSUR: ¿fortaleza o fragilidad? Reflexiones sobre las bases jurídicas desde el derecho de la integración Relatora: Profesora Sandra C. Negro En la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Católica de Cuyo, Provincia de San Juan, en el marco del XXXV Congreso Argentino de Derecho Internacional de la Asociación Argentina de Derecho Internacional (AADI), durante los días 8, 9 y 10 de agosto de 2024, sesionó la Sección de Derecho de la Integración bajo la Dirección de la Prof. Georgina A. Guardatti, con la presencia de su secretario a cargo del Prof. Pablo Mortarotti y los vocales Prof. Luciana Espasa y Sebastián Melano. El relato fue elaborado por la Prof. Sandra C. Negro, bajo el título “La proyección externa del MERCOSUR: ¿fortaleza o fragilidad? Reflexiones sobre las bases jurídicas desde el derecho de la integración", quien también se encuentra presente acompañando el trabajo de la Sección. La Sección recibió para su consideración las siguientes ponencias: 1- “Relevancia de los aspectos fiscales de la proyección externa del MERCOSUR”, por el Prof. Alejandro Celi. 2- “La proyección externa del Mercosur a través del derecho de asistencia y protección consular del ciudadano del Mercosur”, por el Prof. Pablo César Mortarotti. 3-“La cooperación internacional para el fomento de la eficiencia energética mercosureña”, por el Prof. Sebastián Melano. 4- “Los alcances de la subjetividad en el MERCOSUR. Análisis de acuerdos suscriptos con estados extrazona”, por las Prof. María Elena Caballero, Ethel Ivonne Rosales Vera, y Luciana Espasa. 5- “Los Acuerdos del MERCOSUR con la Unión Europea y Chile, perspectivas de la Política Comercial Común”, por las Prof. Ana María Moure y Georgina A. Guardatti. Se encontraron presentes durante las actividades de la Sección las siguientes personas: Sandra C. Negro, Georgina A. Guardatti, Pablo César Mortarotti, Luciana Espasa, Sebastián Melano, Alfredo Mario Soto, Ivonne Rosales, Silvina Barón Knoll, Pablo De Rosas, Alejandro Celi, Marina Marinconz, Victoria Pereira, Florencia Castro, Tamara Figueroa, Oriana Carrizo, Ana María Moure, Gabriel Anich, Adriana Castellani, Delfina Campollo, Celeste Pesquera, Paz Petrignalli, Sigrid Abraham, Leopoldo Godio. A propuesta de la Prof. Luciana Espasa, antes del inició de la jornada, se rindió un homenaje in memoriam al Dr. Jorge José Torres, fallecido el 21 de junio del corriente año, quien fuera Profesor Titular de la Cátedra de Derecho de la Integración de la Universidad Nacional de Tucumán. La profesora Espasa compartió una semblanza sobre su trayectoria académica, su vocación docente, su rol inspirador para los estudiantes, docentes y demás personalidades del país, que lo convirtiera en un referente y representante del Derecho de la Integración desde los años 60. Destacó su labor entre el IDELA (UNT) y el ISEN, su visión federalista de la integración, entre otros aspectos. Se continuó con la exposición en pleno y detallada del relato elaborado por la Prof. Sandra Negro. Finalizada la presentación del relato, se expusieron las ponencias recibidas y aceptadas. Participaron activamente del trabajo de la Sección los asistentes. Luego del debate, la Sección arribó a las siguientes conclusiones: 1- Destacar que la dimensión externa del MERCOSUR tiene dos ejes fundamentales: la celebración de acuerdos comerciales internacionales y la cooperación internacional. 2- Reconocer la existencia de fortalezas y debilidades en la proyección externa del MERCOSUR. 3- Resaltar entre las fortalezas, la continuidad del proceso de integración no obstante las divergencias manifestadas periódicamente entre los gobiernos de los Estados Parte en materia de inserción comercial internacional. 4- Que conforme lo anterior, se favorece una mejor inserción internacional de las economías nacionales en los mercados internacionales, en una época caracterizada por una creciente globalización de los intercambios y de los movimientos de productos, de servicios y de capitales, pero a la vez, una tendencia hacia un renovado proteccionismo. 5- Manifestar que el MERCOSUR evidencia una apropiada capacidad de adaptación, incluyendo nuevos temas y nuevas modalidades de acuerdos comerciales en correspondencia con los cambios acaecidos en el contexto internacional. 6- Señalar que el marco jurídico del MERCOSUR, a partir del Protocolo de Ouro Preto, consagra la personalidad jurídica internacional de forma expresa y establece los órganos y las atribuciones en materia de relacionamiento externo del MERCOSUR. 7- Destacar el rol de la costumbre como fuente del Derecho del MERCOSUR, dado que, por ejemplo, los Estados Parte han forjado prácticas con conciencia de obligatoriedad devenidas en normas de fuente convencional para el manejo de las relaciones exteriores del bloque. 8- Advertir que, además, una de las manifestaciones de la proyección externa es el derecho a la protección y asistencia consular prevista en el Estatuto del Ciudadano del MERCOSUR y garantizado a través del Acuerdo sobre el Mecanismo de Cooperación Consular entre los Estados Parte del MERCOSUR y Estados Asociados. 9- Indicar entre las debilidades, la carencia de una orientación o estrategia común en materia de proyección externa, independiente de las necesidades o urgencias nacionales. 10- Mencionar la insuficiente visibilidad y/o transparencia de los textos en la etapa previa a la adopción del texto definitivo, con prescindencia de las cláusulas reservadas, a fin de garantizar el derecho de acceso a la información. 11- Recomendar la existencia de un modelo de “borrador” de acuerdo comercial elaborado por los responsables técnicos y consensuado por los decisores políticos de los Estados Parte, que se adaptaría a los objetivos de cada negociación y a cada contraparte con los que se negocia. 12- Exhortar a profundizar el estudio de las implicancias del Derecho Aduanero y del Derecho Tributario Internacional en la proyección externa del MERCOSUR. 13- Destacar que la denominada flexibilización se podría efectivizar a través de instrumentos de convergencia económica o de la modificación del mecanismo de la toma de decisiones, sin que implique cambios sustanciales en el derecho originario del MERCOSUR. 14- Recomendar la efectiva vigencia del Código Aduanero del MERCOSUR. 15- Hacer constar que existe una casuística de acuerdos comerciales suscritos por el MERCOSUR, de cuyo análisis comparativo surgen aspectos positivos y críticos que contribuyen a la construcción de la proyección externa del MERCOSUR. 16- Aconsejar la elaboración de Reglamentos Técnicos del MERCOSUR para unificar los procedimientos y las normativas locales respecto al etiquetado de eficiencia energética. 17- Poner de relieve la necesidad de aprovechar la cooperación internacional con miras a fortalecer la cohesión económica, territorial y social.
18- Enfatizar el interés en transformar al MERCOSUR en una plataforma competitiva para su inserción internacional. 19- Incentivar el conocimiento, la profundización, la producción académica y científica en el Derecho de la Integración y la promoción de una conciencia integradora para la consolidación de una identidad mercosureña. 20- Reafirmar, como cada año, la autonomía académica, científica y didáctica del Derecho de la Integración, en los niveles de grado y posgrado.


**XXXV Congreso Argentino de Derecho interncional
8, 9 y 10 de agosto de 2024 - San Juan - República Argentina**

Última actualización: 06/09/2024 Nuevo

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